miércoles, 11 de marzo de 2015

Deberes y derechos del aprendiz SENA



Descripción caso 1 


Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial. 

 Solución a su inconveniente



En el Artículo 7 numeral 4 del reglamento dice que en el momento de la matrícula debe expedirse el carnet a todo estudiante, aprendiz, no específica si es de forma virtual o presencial, la funcionaria está brindando mal la información, así que se debe hacer un escrito con la solicitud y queja al SENA el cual será respondido en los términos de la ley, diez días hábiles según el Artículo 15 del reglamento 



Descripción caso 2  


Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multi- media, desde el inicio de su formación hace tres meses y me- dio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las activida- des de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado por- que teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia. Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA. 



Solución a su inconveniente


Derechos del aprendiz, articulo 7 numeral 11 derecho a ser evaluado y a conocer los resultados en 8 días después. Debe dialogar con el coordinador académico del centro si el instructor no quiere informarle, según dice el reglamento en el parágrafo del artículo 17 es el encargado de las situaciones académicas.


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