Producción Multimedia
miércoles, 11 de marzo de 2015
Deberes y derechos del aprendiz SENA
Descripción caso 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel
técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició
su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa
para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el
mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar
la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el
carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que
nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder
de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la
modalidad presencial. Solución a su inconveniente
En el Artículo 7 numeral 4 del reglamento dice que en el
momento de la matrícula debe expedirse el carnet a todo estudiante, aprendiz,
no específica si es de forma virtual o presencial, la funcionaria está
brindando mal la información, así que se debe hacer un escrito con la solicitud
y queja al SENA el cual será respondido en los términos de la ley, diez días
hábiles según el Artículo 15 del reglamento
Descripción caso 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multi-
media, desde el inicio de su formación hace tres meses y me- dio, ha sido muy
dedicado y cuidadoso en realizar las activida- des de formación que le han
planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la
retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo
le ha ido a lo largo de su proceso. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor
dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso
hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado por- que teme encontrar
algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA
por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su
familia. Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios
de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad
del SENA. Solución a su inconveniente
Derechos del aprendiz, articulo 7 numeral 11 derecho a ser
evaluado y a conocer los resultados en 8 días después. Debe dialogar con el
coordinador académico del centro si el instructor no quiere informarle, según
dice el reglamento en el parágrafo del artículo 17 es el encargado de las
situaciones académicas.
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